- 1 octubre 2021
- Diego Senosaín Hermoza
Luego de varias modificaciones, la norma vigente que regula las actividades económicas y beneficios sociales de los trabajadores de la micro y pequeña empresa es el Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE, T.U.O de la Ley de Impulso al desarrollo productivo y al crecimiento empresarial, la cual fue promulgada el 28 de diciembre del 2013, derogando así al anterior DS 007-2008.
Así, el Estado, buscando que las micro y pequeñas empresas formalicen su situación jurídica, les ha otorgado ciertas “facilidades” sobre todo las relacionadas a las cargas sociales (beneficios laborales) que tienen que otorgar a sus colaboradores.
En ese sentido, resulta menester precisar que, las microempresas no tienen los mismos beneficios sociales reconocidos a comparación de las pequeñas empresas (ambas pertenecen al régimen especial), y éstas a su vez, no son iguales a los reconocidos en el régimen general de contratación laboral privado.
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Diego Senosaín Hermoza
Socio de S&E Consultores Legales, abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, especialista en derecho laboral.
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